Bocas del Toro, 9 de febrero de 2007
DRA. LIGIA CASTRO
ADMINISTRADORA GENERAL
AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE
REPÚBLICA DE PANAMÁ
Señora Doctora:
Sirva la primera línea portadora de mi cordial saludo y del pueblo Ngöbe y campesino del Archipiélago de Bocas del Toro y, a la vez, agradecerle por el tiempo y la atención que brinde a la presente.
Yo, Alfredo Jiménez, en calidad de Cacique Local de Áreas Anexas Insulares de la Comarca Gnobe Bugle, propuesto en la Ley 10, Ley 69 y sustentada por el Decreto Ejecutivo N° 194 del 25 de octubre de 1999, como áreas anexas a la comarca que, en su virtud, no ha dejado de tener efecto. Por tanto, es mi deber, como autoridad tradicional, escuchar, atender y buscar solución a la misma en coordinación con la instancia correspondiente, en este caso con su persona como Administrador de la ANAM en Bocas del Toro; motivo por el cual quiero dejar constancia en esta carta la denuncia de que, a cada momento, el pueblo eleva su queja ante mí y buscar, en coordinación con su dependencia, solución acerca de lo siguiente:
PROYECTO TURÍSTICO Y SUS MALAS CONSECUENCIAS
A. Resumen:
Hace 15 años atrás, en Bocas del Toro, se contemplaban algunos hoteles de pequeña y mediana dimensión promovidos por población local y, en el Archipiélago de Bocas del Toro, únicamente recuerdo dos, el Hotel Bahía y el Hotel Las Brisas, ubicados en Isla Colón, los cuales no representaban peligro o alteración en el ambiente o de otra forma. Hoy en día, en muy poco tiempo, el panorama ha cambiado increíblemente con el aumento del turismo, los inversionistas y los especuladores de tierra con propósito de negociarlo. Por todo el Archipiélago de Bocas del Toro, existen hoteles y proyectos “residenciales” sin haber un ordenamiento territorial ni estudio alguno sobre la capacidad demográfica e impactos adversos que pudieran provocar los mismos en el área. Todos los proyectos asentados en el Archipiélago en conjunto, podrían tener la dimensión de un Cancún y, por lo que sabemos, hay más de 106 proyectos nuevos que van desde categoría I hasta III, para darles luz verde a su ejecución, yendo en detrimento de la biodiversidad tanto de la flora como de la fauna, cultural y los derechos a la tierra de los panameños.
B. Conceptos generales del pueblo:
El pueblo Ngöbe y campesino del Archipiélago de Bocas del Toro, y nosotros como dirigentes, no nos oponemos, y consideramos que es necesario fomentar el desarrollo de todos los ámbitos para el bien del pueblo, para que así disminuya la pobreza y, por tanto, la desnutrición y el analfabetismo, pero que sea en armonía con la realidad, el ambiente y la cultura del pueblo Bocatoreño.
C. Oposición del pueblo:
El pueblo Ngöbe y campesino del Archipiélago de Bocas del Toro y nosotros como dirigentes, nos oponemos a los malos proyectos turísticos que atenten contra la integridad y seguridad familiar de los residentes locales y, también, que van en detrimento de la biodiversidad tanto de la flora y de la fauna, como de los derechos a la tierra de los panameños. Además, repudiamos los actos negativos que causan los malos proyectos llamados proyectos de turismo residencial y condenamos todos aquellos que atentan en contra de nuestro legítimo derecho como verdaderos dueños y residentes en esta tierra.
D. Acaparamiento ilegal de tierras:
Se ha reportado en diferentes puntos de la geografía de Bocas del Toro, en su mayoría en el Archipiélago de Bocas del Toro, el acaparamiento de tierra ilegalmente. Por qué ilegal, pues porque en algunos casos se presentan personas argumentando ser dueños de terrenos, respaldados por espurios documentos, con la intención de venderlos. Igualmente, existe otro caso de un supuesto dueño que vende equis cantidad de terreno a un extranjero y luego este extranjero lo revende a otro con una superficie mayor, y que la comunidad desconoce la forma en que se da este hurto de tierra y algunos son tierra baldía del Estado. Parte de las ventas consideramos que son legales porque el primer propietario, con su documento en orden y la comunidad sustentándolo como legítimo dueño, lo traspasa mediante venta a un segundo propietario, con la superficie especificada y sin alterarla posteriormente pasa como legal.
E. Beneficio falacia:
En realidad, existen hoteles turísticos y ecoturísticos que brindan apoyo y desarrollo a las comunidades en que se ubican, proveyendo trabajo y apoyo social por el tiempo que dure la vida útil del proyecto. Sin embargo, hay proyectos que no prometen beneficios duraderos, como en el caso de los proyectos turísticos “residenciales” y otros más, porque su beneficio sólo se recibe en la etapa de construcción. Gran parte de los proyectos utilizan poco personal en su etapa de operación y peor aún, muchos violan los derechos de los trabajadores, donde trabajan por más de un año sin derecho a seguro de vida, seguro social, educación y otros derechos que le confiere la ley a los trabajadores. Por tanto, consideramos y descartamos que este tipo de proyectos no deben ser promovidos en esta región por las consecuencias negativas que acarrean.
F. Proyecto Mar Caribe Beach Resort and Marina:
Se me ha presentado una queja de la comunidad de Quebrada Sal (Salt Creek) y Punta Vieja (Old Point), en el corregimiento de Bastimentos. Dicha queja es en contra del Proyecto Mar Caribe Beach Resort and Marina, ubicado en Punta Vieja, y es los hechos son los siguientes:
Primero: Que la adquisición del terreno de este proyecto es ilegal porque, según el documento del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del mismo, son 16.8 hectáreas de terreno. Sin embargo, según lo que investigamos, esta venta la hizo un miembro de la comunidad llamado Valentín Gallowey, con su documento en orden de derecho posesorio, quien manifestó haber vendido solamente a un ciudadano norteamericano de nombre Peter Anthony Monroy 2 hectáreas aproximadamente; y que éste, a su vez, lo vendió a otro ciudadano norteamericano de nombre William Sobolewsky por 16.8 hectáreas, hecho que desconoce la comunidad. Así mismo, ésta exige que se le devuelva esta área por ser un terreno contiguo a la comunidad.
Segundo: Que este terreno es baldío, compuesto de bosque tropical, que cuenta con recurso maderero que utiliza la comunidad para construcción de vivienda, además de fauna como reptiles, aves, mamíferos y otros más. Desde el asentamiento de la comunidad de Quebrada Sal, hace más de 45 años, este lugar no ha sido alterado por actividad agrícola alguna de este pueblo, extrayendo únicamente materia prima en ocasiones para construir su vivienda. Esto es así a excepción de la franja costera a 200 metros hacia adentro intervenido por actividad humana para siembra de cocotero y vivienda, y que el señor Valentín Gallowey alega trabajar solamente esa porción sin exceder más del límite de los 200 metros.
Tercero: Que la estructura y la dimensión del proyecto Mar Caribe Beach Resort and Marina es amenazante y va en detrimento del medio ambiente y el terreno, por ser un área húmeda frágil de bosque vulnerable. Por otro lado, este proyecto fomentaría la colonización extranjera, amenazando la cultura del pueblo nativo y atrayendo, como consecuencia, la pérdida de costumbres hereditarias, una fuerte corrupción, drogadicción y otros más.
Cuarto: Que este proyecto, por su dimensión, afectaría drásticamente por estar ubicado en un lugar de suma importancia, una vía de paso para las tortugas marinas partiendo desde la pleamar hasta, aproximadamente, cinco kilómetros mar afuera y, precisamente, en esta franja costera, partiendo desde Punta Vieja (Old Point) y pasando por playa Larga hasta la primera playa de Bastimentos, arriban a anidar las tortugas Carey (Eretmochelys imbricata), Baula (Dermochelys coriaceae) y la verde (Chelonia Mydas). Esto indica que, por estar ubicado muy cerca de la playa que va desde la pleamar hasta cinco metros hacia adentro, al construir 59 casas, 3 ranchos familiares y un hotel de 30 habitaciones, galeras, bodega y un atracadero en el área marina, esto, en conjunto, crearía una iluminación muy fuerte, obstruyendo la vía de paso de las tortugas marinas y el arribo a la playa de éstas para desovar.
Quinto: El atracadero que se contempla en el proyecto, es perjudicial para el área porque está muy cerca del límite del Parque Nacional Marino Isla Bastimentos (PNMIB). Toda el área está llena de corales, algas y hierbas marinas, además de que alberga diferentes especies marinas comerciales y de consumo familiar para la comunidad. Por otro lado, no se tomó en cuenta las fuertes corrientes marinas de la zona que, en la mayoría del año, es una odisea??? y las olas son tan fuertes que pondrían en peligro las lanchas atracadas y a su tripulación. Esto implica un riesgo enorme para una empresa, el instalar un atracadero para varias lanchas. Asimismo, los posibles derrames y vertidos de combustibles en el mar, pondrían en grave peligro el ecosistema marino y toda el área costera.
Sexto: Este proyecto, por la situación y distribución del mismo en el área, puede obstruir la vía de acceso de los residentes locales y de otros extranjeros dueños de propiedades en el área de Punta Vieja (Old Point). También, la prohibición de extracción de recursos (madera y palo redondo entre otros) a la comunidad.
Séptimo: El EIA de este proyecto no refleja la realidad del impacto que generará y es contrario a la idea de conservación que promueven las Instituciones del estado, Organizaciones Internacionales, Grupos Locales y la comunidad de Quebrada de Sal. Las áreas costeras y comunales de esta comunidad limitan con el PNMIB y, por tanto, son consideradas como área de amortiguamiento del parque, por lo que se deben tratar con mucha cautela, más cuando se trata de aprobar un proyecto de esta magnitud, comprometiendo parte del ecosistema marino costero y terrestre.
Octavo: Referente a las entrevistas y encuestas realizadas en el EIA, primero, que no se entrevistaron a las autoridades de las diferentes organizaciones que conforman la comunidad; a saber, Regidor, Cacique Local, Junta Local, Ingreso MIVI, Grupo Conservacionista Comunal CORERENA, Jefe inmediato, Vocero, Presidente del Club de padre de familia, Promotores de desarrollo ecoturístico de la comunidad, Deporte y empresario vecino que tiene establecido un proyecto ecoturístico de categoría I y II, y otros más. Tampoco se anticipó el comunicado ni se presentó inicialmente el término de referencia del proyecto a la comunidad, y lo encuestado pues no posee información fidedigna del tema, no es hábil en materia cuando se trata de información relevante. Esto es así porque al hablar de temas como las aguas servidas, desconoce la información, por tanto no pueden sugerir algo concreto, y si le hablan de las características estructurales del proyecto y ocupación de tierra, no es hábil para contestar y dar opinión concreta al tema. Por otra parte, la opinión reflejada en este estudio responde a la oportunidad de tener ingreso económico o empleo, en su mayoría de jóvenes que no son analistas y no le recae el compromiso de dirigir o tomar decisiones en un momento determinado para guiar el destino del pueblo y la vanguardia de la comunidad en general.
Noveno: Con respecto al beneficio revertido del proyecto, es evidente y comprobable que, conociendo el proyecto hace aproximadamente 4 años con presencia en el área y con un presupuesto de 5 millones de dólares, solamente tiene como empleado a un miembro de la comunidad de vigilante, con negligencia de pago. Tampoco aporta ni apoya con beneficio alguno a la comunidad como lo hacen otras empresas de pequeña dimensión instaladas en la localidad de esta comunidad.
Décimo: Sobre la recomendación que se hace en el EIA en la página 83, ninguno ha tenido efecto de procedimiento, por tanto se desconoce la etapa en que se encuentra el proyecto y el seguimiento del mismo. No existe contacto directo con la comunidad y el promotor de este proyecto.
G. Sugerencia:
Ante situaciones que, a cada momento, se me presentan en los diferentes puntos del Archipiélago de Bocas del Toro, sugiero y solicito ante esta institución que se levante un memorando y que se les realice la investigación correspondiente a aquellos proyectos que se denuncie o que creen un problema en el ámbito cultural y ambiental del pueblo, en este caso al Proyecto Mar Caribe Beach Resort and Marina, y que se rectifiquen las informaciones recopiladas mediante este EIA y que se tome más en cuenta la participación ciudadana y la política de conservación.
Le ruego, estimada Sra. Doctora, que su misiva de respuesta a esta carta, vaya con copia a la Defensoría del Pueblo, para que haya constancia de transparencia en este problema y su solución e igualmente le rogamos envíe observadores ambientales y sociales al área de este proyecto.
No siendo otro el motivo de la presente misiva, y sin más que agregar, quedo en la expectativa de recibir respuesta lo más pronto posible despidiéndome así y reiterándole mi saludo y, queda terminada y firmada como constancia la presente diligencia.
Atentamente,
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ALFREDO JIMÉNEZ
CACIQUE LOCAL DE ÁREAS ANEXAS INSULARES
ARCHIPIÉLAGO BOCAS DEL TORO
Tel. 6449-4628
Correo: alfredomuke@yahoo.es
Cc. Lic. Mónica Pérez , Defensoría del Pueblo
Cc: Bolívar Zambrano, DINEORA, ANAM
Cc: Lic. Valentín Pineda, Administrador Regional, ANAM Bocas del Toro
Cc: Lic. Eligio Binns, Alcalde de Bocas del Toro
Cc: Medios de Comunicación