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Preocupa Ley No. 2 en costa arriba de Colón
Carlos Barlettacbarletta@prensa.com
La Ley No. 2 del 7 de enero de 2006 que regula las concesiones de tierras para la inversión turística en costas e islas genera inquietudes a los propietarios de tierras de Playa Colorada, costa arriba Colón, un centro de interés turístico.
Muchas de las tierras en el inventario estatal ya han sido otorgadas a residentes de diversas áreas del país a través de la reforma agraria y derechos posesorios. Sin embargo, muchas de estas jamás han sido tituladas.
Ante esto, el artículo 1 de la Ley No. 2 dice que los derechos posesorios existentes otorgados por los municipios y autoridades correspondientes no serán afectados, explica Pedro Vallarino, presidente de la Fundación para el desarrollo del Caribe (Fudetca).
El ministro de turismo, Rubén Blades, expresó interés por el desarrollo turístico de "800 hectáreas frente al mar, propiedad del Estado" en Playa Colorada, en una carta dirigida al entonces director de Catastro y Bienes Patrimoniales Benjamín Colamarco el 20 de septiembre de 2005. En esta, Blades explica el potencial turístico que poseen estas áreas, y pide reservar estas tierras hasta que "podamos verificar la posibilidad que las mismas puedan ser utilizadas para un desarrollo turístico".
Para los miembros de Fudecta que poseen tierras en Colón, estas declaraciones son preocupantes, ya que ellos compraron derechos posesorios en estas áreas de interés turístico para el Instituto Panameño del Turismo (Ipat). "Nosotros compramos estas tierras a los lugareños que las poseían desde hace décadas. Tenemos más de 10 años trabajando con las comunidades de Costa Arriba", mencionó Sonia Sandoval, integrante de Fudetca.
La preocupación se agravó el 22 de agosto cuando salió la Resolución 90 en Gaceta Oficial, la cual elimina la resolución 62 que regulaba la venta de bienes del Estado, tema que ha quedado inconcluso. El 23 de agosto de 2007 Fudetca envió una carta al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), sin embargo, Vallarino dijo que no ha recibido respuesta.
"El propósito de la Ley No. 2, es promover el desarrollo turístico ordenado en el país", dijo Ricardo Ledezma, del Ipat. Esta ley regula el manejo de los territorios del Estado en costas e islas, ya que son de alto interés turístico.
Ledezma dijo que ellos no tienen jurisdicción sobre las tierras estatales, ya que su labor en la Ley 2 es otorgar las concesiones para desarrollos turísticos.
"Las tierras las maneja Catastro en el MEF" agregó.
Actualmente, el Programa Nacional de Tierras tiene una campaña de titulación masiva, donde los inversionistas de Colón esperan que se les reconozcan sus derechos posesorios. "Si estas son de interés turístico, las venderíamos con los respectivos permisos del Ipat", recalcó Vallarino.
2 comentarios:
con respecto a la ley 2 que conseciona y vende tierras, pienso que debemos proteger el legado de nuestros hijos, es importante crear en panama un ambiente turistico envidiable y no arquitecturas de paseos turisticos que sacrifiquen el pequeño paraiso terrenal que nos ha sido dado. debemos ser agradecidos y no pensar con mente calculadora acerca de esta situacion como si se trataran de objetos ajenos al pais.
Maldito Ruben Blades que le canta robo y desdicha a los verdaderos panameños. ¿Quien le dio la ciudadania?
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